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¿Qué es y cómo se calcula el riesgo crediticio?

19/03/2020
19/03/2020
Advancing 9 Inversión 9 ¿Qué es y cómo se calcula el riesgo crediticio?

El concepto de riesgo crediticio hace referencia a la probabilidad de sufrir un impago por parte de una entidad o persona deudora . El concepto de riesgo crediticio o riesgo de crédito trata, por tanto, de esclarecer las posibilidades de que se incumpla el pago.

Diferencias con el riesgo de mercado

El riesgo de mercado hace referencia a una situación externa a la empresa deudora como es la situación general de la economía que afecta al sistema de divisas, volatilidad, etc. Sin embargo, el riesgo crediticio deriva de una situación interna de la propia entidad.

Clases de riesgo crediticio

Existen dos tipos de riesgo crediticio, según quién sea el deudor:

  • Minorista: Incluye hipotecas, consumo, tarjetas o cualquier financiación propia de personas físicas y PYMES.
  • Mayorista: Incluye derivados de las actividades de una empresa relacionadas con ventas y fusiones / adquisiciones.

A su vez, el riesgo crediticio se puede dividir en cuatro tipos dependiendo del origen del mismoo:

  • Riesgo de impago: también conocido como default o fallido. Ocurre cuando el deudor no cumple con sus obligaciones, ya sea de forma parcial o total.
  • Riesgo de rebaja o migración: se da cuando tiene lugar una reducción o rebaja de la deuda.
  • Riesgo de exposición: hace referencia a la cantidad pendiente de cobro, sobre la que existe cierta incertidumbre debida a la situación del mercado o a la de la propia empresa deudora.
  • Riesgo de spread: se centra en la rentabilidad de un activo en riesgo frente a la de otro libre de riesgo, teniendo en cuenta que ambos tienen un vencimiento similar. Por ejemplo, si un activo libre de riesgo tiene una rentabilidad de 3% y el de referencia tiene una rentabilidad de 7%; en este caso el spread sería de 4% y, en caso de que aumentara a 4,5%, el de referencia habrá disminuido respecto al libre de riesgo.

Cálculo del riesgo crediticio

Es el mismo, independientemente del tipo de crédito y se mide según la pérdida esperada (PE), siendo la fórmula

PE = PD × EAD × LGD

donde

  • PD o probabilidad de default es la que tiene lugar cuando el deudor no cumple con sus obligaciones.
  • EAD es la exposición a default, que equivale al valor de la posición en el momento del default.
  • LGD se refiere a la pérdida en caso de incumplimiento -conocida por sus siglas en inglés: loss given default-, por la que el banco recupera parte de la inversión, según la tasa de recuperabilidad -R-, expresada como 1 – R. Por tanto, la fórmula quedaría de la siguiente manera:

PE = PD × EAD × (1 – R).

Si bien, en principio, puede parecer complicado, todo puede verse de una forma más clara a través de un ejemplo: en la empresa Muebles Ebony, que recibe un préstamo del Banco Bank por un total de diez millones de euros, al 8%, a un año. El interés se paga al vencimiento y el Banco Bank ha evaluado el riesgo a un 6% con un año de probabilidad de default.

Considerando que existe una recuperabilidad del 40%, la pérdida esperada sería:

PE = 0,06 × 10.000.000€ × (1 – 0,4) = 0,06 × 10.000.000€ × 0,6 = 360.000€.

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