A principios de todos los años nos toca el momento de actualizar los precios de los alquileres conforme al IPC (Índice de Precios de Consumo) del año anterior. Y este 2023 no iba a ser menos, sobre todo si tenemos en cuenta el incremento de los precios que hemos vivido durante prácticamente todo el año que acabamos de despedir.
Una de las preguntas más recurrentes al respecto y que más se reciben en asesorías e inmobiliarias a principios de año es: “¿es legal que te suban el alquiler por el IPC?”. Hoy te aclaramos algunos aspectos fundamentales, tanto si eres inquilino como arrendador.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la normativa que recoge y legisla sobre todo lo relacionado con los alquileres en España, aunque no especifica claramente con base en qué índice se deben actualizar los precios del IPC alquiler. Lo más normal es que se utilice el IPC, aunque en el contrato se puede especificar cualquier otra manera que hacerlo, siempre que la acuerden las partes implicadas.
Desde hace 3 años que la pandemia de Covid vino a revolucionar nuestras vidas como nunca antes hubiéramos podido imaginar, la situación se ha complicado en muchos aspectos. En 2022 vivimos una escalada de precios como hacía años, que no se experimentaba, debido en gran parte al conflicto bélico entre Rusia y Ucrania.
Para paliar en cierta medida la subida de precios, que hizo que se disparara la inflación, el Gobierno aprobó una serie de medidas, entre las que se encuentran el Real Decreto-Ley 11/2022, de 25 de junio, cuyo objetivo es adoptar y prorrogar ciertas acciones de protección a las personas en situación de vulnerabilidad. Y en lo que nos atañe a nosotros hoy, recoge que no se podrán subir el IPC alquiler más de un 2%, independientemente del nivel que alcance el IPC. Esta medida se aplicó desde mediados de 2022 y se extenderá, si no existen modificaciones de la norma, durante todo 2023.
Así debes hacer el cálculo del IPC del alquiler
Tanto si eres un arrendador y quieres saber cómo aplicar la subida del alquiler como si eres el arrendatario y quieres estar al tanto de cuánto y cómo te pueden subir el alquiler, esto te interesa. En este caso, y conforme al Real Decreto-Ley 11/2022, el IPC queda un poco al margen, ya que solamente se puede incrementar el alquiler en un 2%.
Pero de poder aplicarse la subida del IPC alquiler real, que actualmente está en un 5,8% (cifra con la que se ha cerrado 2022), la actualización del precio del alquiler se ha de hacer cuando se cumpla el año de contrato, si bien es cierto que en muchos casos se hace con el año natural y no con el de vigencia del contrato.
Es importante tener en cuenta que solo se puede actualizar la renta una vez al año si se hace conforme al IPC alquiler y que, en el caso de que este fuera negativo, el precio del alquiler también debería bajar. Esto es algo que no suele suceder, ya que muchos contratos recogen que, si se dan estas circunstancias, la renta permanecería igual.
Para calcular la cifra exacta, se debe consultar el IPC de los dos meses anteriores a la fecha de revisión, valor que podemos encontrar en el Instituto Nacional de Estadística, que publica los datos los días quince de cada mes.
Por ejemplo, si alquilas un piso por 500 euros al mes y el IPC de los dos meses anteriores es del 2,5%, la nueva cuota mensual del alquiler será de 512,5€.
Comunicar subida de alquiler debido al IPC
Si tienes una vivienda o local en alquiler y llega el momento de actualizar la renta a tus inquilinos, es importante que tengas en cuenta los plazos legales estipulados para ello.
Salvo que el contrato que se firmara en su momento recoja otro periodo de regularización del precio del alquiler, este se ha de calcular con el año natural, es decir, si se hace a primeros de enero (según los datos que aparecen en el INE relativos a noviembre), será aplicable a la renta de febrero. El arrendador debe comunicar la subida al arrendatario con al menos un mes de antelación.
Actualmente, es muy importante que todas las partes implicadas, ya sean arrendadores como arrendatarios, o los muchos gestores, personal de inmobiliarias, etc. que se encargan de este tipo de gestiones, tengan en cuenta la limitación de la subida del precio del alquiler según la normativa vigente.
Es legal la subida del alquiler por el IPC, con lo que el inquilino no puede negarse a esta regularización, pero con las novedades introducidas este año con el Gobierno, la subida del IPC renta alquiler queda limitada a un 2%, cifra que dista mucho de la real, pero que se ha aprobado con el fin de proteger a las personas en situación de vulnerabilidad.
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